0

segunda maleta 2 199x300 Cobrar por la segunda maleta es ilegal, según las asociaciones de consumidores

De acuerdo a lo que informan asociaciones de defensa de los consumidores en España, el hecho de cobrar por la segunda maleta sería totalmente ilegal, ya que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, promulgada en 1960 y que aún está vigente, indica que será obligación de la compañía aérea el transportar junto a los pasajeros, su equipaje, dentro de los límites fijados por la reglamentación que regula la actividad y todo esto, dentro del valor del billete pagado por cada viajero.

El no cumplimiento de esta ley, por lo menos en España, se produce por parte de algunas líneas aéreas, incluida recientemente la española Iberia, a partir de la promulgación del Reglamento Europeo sobre Transporte Aéreo, normativa comunitaria vigente desde 2008 y que entrega una regulación única a las líneas aéreas que operan dentro del espacio común europeo y, que en principio se opondría a la norma nacional, y que además en su cuerpo legal establece que la tarifa del billete que los pasajeros pagan a las compañías es por concepto de transporte aéreo, sin especificar nada acerca del equipaje correspondiente a los viajeros, creando así el aparente vacío legal aprovechado por las aerolíneas para establecer el pago por la segunda maleta, lo que es considerado como un alza de tarifas realizada de mala fe. De hecho muchos consumidores se llevan desagradables sorpresas cuando descubren que tienen que pagar más de lo previsto por transportar su equipaje. De hecho, en muchos casos sería más rentable acudir a alguna de los servicios de transporte en España.

Ante esto, la Agencia Catalana de Consumo ha establecido varios procedimientos administrativos contra líneas aéreas que operan en Cataluña por este nuevo cobro y que, sin duda, deberán ser sometidos a la decisión de la justicia.

Foto: Ferminius

Noticias Relacionadas

Comenta esta noticia
Se el primero
Puntua esta noticia
No me gustaMe gusta (sin puntuar)
Etiquetas: , ,
Categoría: Destacado

¿Te ha parecido interesante la noticia? ¡Déjanos tu comentario!

Publicidad
Publicidad